Los decretos de Nueva
Planta se deben interpretar como una sanción contra los súbditos rebeldes y
como la aplicación de un centralismo doctrinal.
Los ejércitos victoriosos
de Felipe V ejercen el derecho de conquista sobre los reinos y todos sus
habitadores, ya que estos habían faltado al juramento de fidelidad que hicieron
al Rey y por tanto son culpables de rebelión.
Los decretos son en definitiva
la eliminación de la personalidad jurídica de los reinos autónomos, entre ellos
el de Aragón y el Valencia, y, por ende, la abolición de los fueros e
instituciones propias.
El reino de Valencia
fue el más perjudicado al anularse su derecho civil, mientras ese mismo derecho
civil se mantuvo en los reinos de Aragón, Cataluña y Mallorca.
Los decretos impusieron
entre otras cosas el modelo municipal de Castilla en las grandes ciudades. Un
capitán general sucede a los virreyes de cada uno de los Reinos, pero con más
atribuciones que éstos últimos, uniendo a sus funciones de gobierno, el
carácter político centralizador de la monarquía y la vertiente militar, se
nombrarán preferentemente, a castellanos o a funcionarios nacidos en Castilla
como jueces y magistrados, esto supone de hecho el fin del llamado “privilegio
de extranjería”. En el decreto se decía
“pudiendo obtener por esta razón mis fidelísimos vasallos los castellanos,
oficios y empleos en Aragón y Valencia de la misma manera que los aragoneses y
valencianos han de poder en adelante gobernar en Castilla”.
La Nueva Planta creó
una división territorial en los reinos rebeldes diferentes a la de su época
foral, las antiguas gobernaciones fueron sustituidas por corregimientos, en el
Reino de Valencia en concreto se establecen trece gobernaciones o
corregimientos. Se implanta la figura del Intendente una especie de delegado de
hacienda, se implanta un nuevo impuesto semejante a la alcabala de Castilla, se
trata de un impuesto que el Intendente fijaba para cada municipio en función de
la población y riqueza, después las autoridades locales repartían un cupo entre
los vecinos en función de los ingresos y propiedades. La nobleza y el estamento
eclesiástico, obviamente, estaban exentos.
Los gobiernos
borbónicos de Felipe V fueron logrando su propósito de equiparación fiscal
entre los reinos de la Corona de Aragón y el reino de Castilla
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